Ir al contenido
PPXLROASTERS
PXL Roasters
  • Historia
  • Lámina XXII · sección 11 de 12

    Declaraciones: lo que se puede escribir sobre el café, y lo que ya no

    EL PROCESO EN MOVIMIENTO

    ¿Qué queda en un paquete de café cuando cada palabra pasa ante su texto?

    Reproducir la escena o elegir una etapa. La animación simplifica el mecanismo; lo que sigue aporta los detalles y las referencias disponibles.

    El paquete parlanchín

    Un paquete cubierto de palabras: «despierta», «natural», «neutro en carbono», «biodegradable», «café francés», «artesanal». Todavía no se juzga nada. Solo la denominación, el peso y el origen requerido son obligatorios; todo lo demás es una declaración, un mensaje voluntario, y la prueba corre a cargo de quien lo escribe.

    Leer las etapas sin animación
    1. El paquete parlanchínUn paquete cubierto de palabras: «despierta», «natural», «neutro en carbono», «biodegradable», «café francés», «artesanal». Todavía no se juzga nada. Solo la denominación, el peso y el origen requerido son obligatorios; todo lo demás es una declaración, un mensaje voluntario, y la prueba corre a cargo de quien lo escribe.
    2. La salud«Despierta» pasa ante la lista de la Unión y cae. Una declaración de propiedades saludables está prohibida salvo que esté autorizada e inscrita en la lista; la palabra «cafeína» no figura en ella, y las dieciséis entradas del registro que citan la cafeína, el café o sus ácidos clorogénicos están todas rechazadas.
    3. El planeta«Neutro en carbono» cae ante la directiva europea de 2024, que prohíbe afirmar un impacto neutro sobre la base de la compensación. «Biodegradable» cae ante el artículo L. 541-9-1 del código del medio ambiente, que lo prohíbe en un producto o un envase. En Francia, la ley de transposición no está aprobada: se superponen dos regímenes.
    4. El origen«Café francés» vacila y luego cae: «fabricado en» afirma un origen, y el del café verde debería seguirlo. Se convierte en «tostado en Lyon el 3 de octubre», que describe una etapa, como «envasado en». De todos modos aparece una línea: el origen del café verde, en el mismo campo visual.
    5. El paquete honesto«Natural» cae porque todos los cafés en grano lo son: presentar como particular lo que poseen todos los productos similares es engañoso. «Artesanal» cae porque la palabra está reservada a quien tiene la cualidad de artesano. Quedan el lugar, la fecha de tueste y el origen del verde, en un paquete más vacío.

    Para retener: Ninguna declaración de propiedades saludables sobre la cafeína está autorizada; «tostado en [ciudad] el [fecha]» es seguro, «café francés» obliga a dar el origen del verde, y lo que se prueba cabe en tres líneas.

    En la historia: En la historia: en 2021, el Jurado de Deontología Publicitaria admitía todavía un café «neutro en carbono»; en 2025, condenaba un «café más sostenible».

    Leer el artículo completo y sus fuentes ↓

    Situación jurídica al 21 de octubre de 2026. Los plazos que esta sección recoge ya han pasado.

    Salud, naturaleza, origen, artesanía, planeta: cinco familias de palabras, cinco regímenes jurídicos. El más reciente, el de las declaraciones medioambientales, debía cambiar el 27 de septiembre de 2026 en toda la Unión; en Francia, la ley que lo transpone no está aprobada, y mientras tanto se superponen dos regímenes.

    Una declaración es todo lo que no estamos obligados a escribir

    El reglamento (CE) 1924/2006 llama declaración a «todo mensaje o representación, no obligatorio», imágenes incluidas, que afirme o sugiera que un producto alimenticio tiene características particulares (artículo 2) (fuente 1). La directiva 2005/29/CE sobre las prácticas comerciales desleales, en su versión modificada por la directiva (UE) 2024/825, define del mismo modo la declaración medioambiental, «etiqueta, marca, denominación social o denominación de producto» incluidas (artículo 2) (fuente 8). Lo que es obligatorio (denominación, origen cuando se exige, peso) sigue su propio texto. Lo que es voluntario debe poder probarse, y la prueba corre a cargo de quien escribe.

    La salud: nada sobre la cafeína

    Una declaración de propiedades saludables, es decir, todo mensaje que sugiere una relación entre un alimento y la salud, está prohibida salvo que esté autorizada e inscrita en la lista de la Unión (artículo 10, apartado 1) (fuente 1). Un mensaje general sobre el bienestar solo se permite si acompaña a una declaración específica autorizada (apartado 3). La lista es el reglamento (UE) 432/2012, en su versión consolidada al 20 de agosto de 2025: la palabra «cafeína» no figura en ella (fuente 2). El registro de la Unión, consultado el 21 de octubre de 2026, cuenta con 262 declaraciones autorizadas y 2 067 no autorizadas; las dieciséis entradas que citan la cafeína, el café o sus ácidos clorogénicos son todas «no autorizadas», desde «Caffeine helps to increase alertness» (entre 40 y 75 mg por porción) hasta las promesas de quema de grasas y los antioxidantes del café (fuente 3).

    Un matiz impide escribir «prohibido» sin reservas. El reglamento 432/2012 anuncia que las declaraciones sobre las que la Comisión «aún no se ha pronunciado» se publican aparte y «pueden seguir utilizándose» en virtud del artículo 28, apartados 5 y 6, del reglamento 1924/2006, bajo la responsabilidad del operador (fuente 2). Si los dictámenes favorables de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) sobre el estado de alerta y la concentración figuran en esa lista de espera, siguen siendo utilizables por ese concepto; ni esos dictámenes ni esa lista se leyeron. Para un tostador, la conducta prudente no cambia: «despierta», «potencia la concentración», «quema grasas» no tienen ninguna autorización inscrita. «Rico en antioxidantes» tampoco: la entrada «Antioxidants in coffee» del registro está rechazada. La Dirección General de Competencia, Consumo y Represión de Fraudes (DGCCRF) lo aplicó a un vendedor de café en 2018 (fuente 18), el Jurado de Deontología Publicitaria a una bebida competidora del café en 2026 (fuente 19).

    «Natural», «sin», «puro»: el engaño por la obviedad

    «Natural» solo tiene definición en un lugar: el aroma. Un «aroma natural» solo puede contener preparaciones o sustancias aromatizantes naturales (artículo 16 del reglamento (CE) 1334/2008) (fuente 5). En un café puro, la palabra no designa nada definido y se rige por la regla general. Esta, el artículo 7 del reglamento 1169/2011, llamado INCO (por información al consumidor), prohíbe sugerir que un producto alimenticio tiene una característica particular «cuando todos los productos alimenticios similares tienen esas mismas características», en particular por la presencia o la ausencia de un ingrediente (apartado 1, letra c) (fuente 4). «Sin gluten», «sin azúcar añadido», «100 % natural» en un café en grano dicen la verdad y engañan de todos modos, porque todos los cafés en grano son así. La directiva 2024/825 añadió una regla cercana a la lista de prácticas prohibidas: presentar como distintivo un requisito impuesto por la ley a todos los productos de la categoría (anexo I, punto 10 bis, de la directiva 2005/29/CE) (fuente 8).

    «Tostado en Francia»: cierto, permitido, y no un origen

    El derecho aduanero da al café tostado el origen del país de tueste (sección 6 de esta lámina). El derecho del etiquetado no lo sigue. La comunicación de la Comisión publicada en el Diario Oficial de la Unión del 31 de enero de 2020 dice que «fabricado en» y «producido en» se entienden como una indicación de origen, que «envasado en» no lo es, y que la regla abarca un producto de un solo ingrediente cuando «su última transformación sustancial se ha efectuado en un lugar diferente» del de la materia prima (fuente 6). En ese caso, el reglamento de ejecución (UE) 2018/775 impone indicar el origen del café verde, o decir que no procede de Francia, en el mismo campo visual y con caracteres de al menos el 75 % de la altura del origen mostrado (artículo 3) (fuente 7). La comunicación no cita el tueste. «Tostado en Lyon el 3 de octubre» describe una etapa, como «envasado en»; «café francés» o una bandera tricolor afirma un origen. Lo primero es seguro, lo segundo exige añadir de dónde viene el grano.

    «Artesanal»: una cualidad, no un estilo

    El código del artesanado reserva la palabra «artesano» «y sus derivados», para el rótulo, la promoción y la publicidad «del producto», a los artesanos, artesanos de arte, maestros artesanos y las sociedades cuyo dirigente tiene esa cualidad (artículo L. 241-1, derivado de la ordenanza n.º 2023-208 de 28 de marzo de 2023); el artículo L. 241-2 castiga el uso sin la cualidad con una multa penal, y concede cuatro meses para regularizar (fuente 14). Un tostador no inscrito como artesano, o una marca industrial, no puede, pues, escribir «café artesanal».

    El planeta: dos regímenes a la vez

    El régimen francés existe desde la ley Clima y Resiliencia. El artículo L. 229-68 del código del medio ambiente, creado por el artículo 12 de la ley n.º 2021-1104 de 22 de agosto de 2021, prohíbe afirmar en una publicidad que un producto es «neutro en carbono» salvo que se hagan públicos un balance de las emisiones directas e indirectas, una trayectoria de reducción y las modalidades de compensación de las emisiones residuales (fuente 10). El decreto n.º 2022-539 de 13 de abril de 2022, en vigor desde el 1 de enero de 2023, precisa: balance sobre todo el ciclo de vida según la norma NF EN ISO 14067, actualizado cada año, informe de síntesis en línea, enlace o código QR en el envase, retirada de la declaración si las emisiones aumentan de un año a otro (artículos D. 229-106 a D. 229-109) (fuente 11). Desde la ley de 10 de febrero de 2020 contra el desperdicio (artículo 13), el artículo L. 541-9-1 prohíbe también «biodegradable» y «respetuoso con el medio ambiente» en un producto o un envase; el Consejo de Estado rechazó el recurso contra su decreto de aplicación el 31 de mayo de 2024 (n.º 464945) (fuente 12).

    El régimen europeo es más seco. La directiva 2024/825 añade a la lista negra de la directiva 2005/29/CE, la de las prácticas prohibidas en cualquier circunstancia, tres prohibiciones que apuntan directamente al café: una declaración medioambiental genérica («ecorresponsable», «sostenible») sin «excelente comportamiento medioambiental reconocido» (punto 4 bis); una declaración sobre todo el producto cuando solo vale para un aspecto (punto 4 ter); y la afirmación, «sobre la base de la compensación de las emisiones», de que un producto tiene un impacto neutro, reducido o positivo (punto 4 quater) (fuente 8). Prohíbe también las etiquetas de desarrollo sostenible que no se basan ni en una certificación ni en una autoridad pública (punto 2 bis), y regula las promesas de futuro («neutro en 2030»), que exigen un plan verificado por un experto independiente (artículo 6, apartado 2, letra d). Los Estados debían transponerla antes del 27 de marzo de 2026 y aplicarla a partir del 27 de septiembre de 2026 (artículo 4) (fuente 9).

    Francia no ha terminado. El proyecto de ley de adaptación al derecho de la Unión, aprobado por el Senado el 18 de febrero de 2026 (texto n.º 63), transmitido a la Asamblea Nacional el 20 de febrero, no había sido votado allí al 21 de octubre de 2026 (fuente 13). Su artículo 20 copia la lista negra en el código de consumo. Su artículo 21 deroga la sección del código del medio ambiente que contiene el artículo L. 229-68 y reescribe la prohibición de «biodegradable»: la mención pasaría a estar permitida si se demuestra el excelente comportamiento medioambiental; esos dos artículos entrarían en vigor el 27 de septiembre de 2026, fecha ya pasada. Mientras tanto, una directiva no transpuesta no crea obligación alguna a cargo de una empresa (Tribunal de Justicia, sentencia Faccini Dori de 14 de julio de 1994, C-91/92, apartado 20) (fuente 15): el derecho francés vigente sigue siendo L. 229-68 y la prohibición general de las prácticas engañosas, que el juez lee a la luz de la directiva.

    Mención en un caféTexto que la rigeEstado al 21 de octubre de 2026
    «despierta», «ayuda a la concentración»reglamento 1924/2006, artículos 10 y 13; lista 432/2012ninguna declaración sobre la cafeína autorizada
    «sin gluten» en un café puroreglamento 1169/2011, artículo 7, apartado 1, letra cengañoso: todos los cafés lo son
    «tostado en [ciudad]»comunicación 2020/C 32/01; reglamento 2018/775permitido; «café francés» exige el origen del verde
    «artesanal»código del artesanado, L. 241-1 y L. 241-2reservado a quien tiene la cualidad de artesano
    «neutro en carbono»L. 229-68 y decreto 2022-539; directiva 2024/825, punto 4 quaterpermitido en Francia con condiciones; prohibido por la directiva si se basa en la compensación
    «biodegradable»L. 541-9-1 del código del medio ambienteprohibido en el producto y en el envase
    «sostenible», «ecorresponsable»directiva 2024/825, punto 4 bis; recomendación «Desarrollo sostenible» de la Autoridad de Regulación Profesional de la Publicidad (ARPP)que justificar o retirar

    Queda la autorregulación. La ARPP escribe recomendaciones; el Jurado de Deontología Publicitaria (JDP), al que puede acudir cualquiera, emite dictámenes públicos sin otra sanción que la publicidad del dictamen. Sus dictámenes sobre el café muestran cómo se mueve la línea, de la neutralidad de carbono admitida en 2021 al «café más sostenible» condenado en 2025 (fuentes 16 y 17).

    Casos públicos

    Notificaciones, decisiones e investigaciones públicas, cada una fechada y con su fuente. Ninguna procede de un caso vivido.

    · DGCCRF, encuesta «Authenticité et qualité du café» (fuente 18)

    La Dirección General de Competencia, Consumo y Represión de Fraudes (DGCCRF) detecta un sitio web que atribuía al café efectos adelgazantes, de alivio de la migraña y de prevención de las enfermedades de Alzheimer y de Parkinson. Tras una carta de requerimiento previo, el profesional se pone en conformidad con el reglamento 1924/2006.

    Lo que muestra el caso Una promesa de salud sobre el café no necesita ser falsa para estar prohibida: basta con que no esté autorizada.

    · JDP, dictamen n.º 758/21, queja infundada, revisión rechazada (fuente 16)

    Una publicación de LinkedIn de un fabricante de cafés en cápsulas para profesionales afirmaba que sus cafés consumidos en Francia eran «neutros en carbono» gracias a árboles plantados en las fincas. El Jurado estima que la recomendación «Desarrollo sostenible» no proscribe la fórmula si se explica, y recuerda que «no le corresponde anticipar» la ley Clima que entonces estaba en discusión. El Revisor rechaza la solicitud de revisión.

    Lo que muestra el caso Lo que pasaba en 2021 cae hoy bajo el punto 4 quater de la directiva 2024/825, ya que la neutralidad se basa en la compensación.

    · JDP, dictamen n.º 1089/25, Relay, queja fundada (fuente 17)

    Unos carteles en el punto de venta anunciaban un «Café más sostenible» y un espresso «a partir de granos de café más sostenibles», sin decir en qué. El Jurado juzga la declaración no explicitada y recuerda que un «café sostenible» sin matizar no se justifica «habida cuenta del impacto ecológico del cultivo del café». El anunciante no había respondido.

    Lo que muestra el caso El distribuidor responde de sus propios carteles: una palabra vaga en el vaso compromete a quien lo imprime.

    · JDP, dictamen n.º 1136/26, queja fundada (fuente 19)

    Una bebida de hongos vendida como «alternativa al café» se presentaba en un video como alivio de la fibromialgia, la digestión y la memoria, «no las palpitaciones que puede tener con el café». El Jurado la juzga contraria al reglamento 1924/2006 y al código de la Cámara de Comercio Internacional, y señala que es el segundo anuncio del mismo anunciante en siete meses.

    Lo que muestra el caso Los productos que se venden contra el café suelen jugar con la salud, y el texto es el mismo para ellos.

    Para recordar

    • Ninguna declaración de propiedades saludables sobre la cafeína o el café está inscrita en el registro de la Unión: «despierta», «concentración», «quema grasas» deben retirarse de una bolsa igual que de un sitio web.
    • «Tostado en [ciudad] el [fecha]» es seguro; «café francés» o una bandera obliga a indicar el origen del café verde en el mismo campo visual.
    • «Artesanal» solo se permite a quien tiene la cualidad de artesano en el sentido del código del artesanado.
    • «Neutro en carbono» basado en la compensación está prohibido por la directiva 2024/825; en Francia, mientras la ley no se apruebe, sigue sujeto a las pesadas condiciones del decreto de 2022: lo más sencillo es no escribirlo.
    • «Sostenible», «ecorresponsable», «respetuoso con el medio ambiente»: sin prueba de un comportamiento reconocido, retirar; «biodegradable» está prohibido en el envase en Francia.

    Zonas de sombra

    Lo que el derecho no resuelve, o lo que no pudo leerse.

    • La lista de declaraciones de propiedades saludables «en espera» (artículo 28, apartados 5 y 6, del reglamento 1924/2006) no se leyó: no se sabe si los dictámenes de la EFSA sobre la cafeína y el estado de alerta, que la prensa especializada fecha en 2011 y que no se releyeron, figuran todavía en ella, ni qué tolerancia les aplica la DGCCRF.
    • La transposición francesa de la directiva 2024/825: proyecto de ley aprobado por el Senado el 18 de febrero de 2026, en primera lectura en la Asamblea al 21 de octubre de 2026; el texto final, su fecha y la suerte del artículo L. 229-68 siguen siendo desconocidos. Una carta de emplazamiento de la Comisión a Francia del 28 de mayo de 2026, citada por la prensa, no se leyó.
    • «Tostado en»: la comunicación de 2020 no nombra el tueste; la asimilación a «envasado en» es una lectura de esta sección, que la sección 3 de la lámina comparte.
    • Los textos franceses sobre la neutralidad de carbono se leyeron por el resumen de Légifrance, no en texto íntegro; el decreto n.º 2022-538 sobre las sanciones no se abrió.
    • Los dictámenes extranjeros citados por el plan (Autoridad británica de Normas Publicitarias sobre cápsulas «compostables», Oficina de Competencia de Canadá sobre cápsulas «reciclables») y el dictamen JDP n.º 976/23 que el plan atribuye a un cartel en un punto Relay no se encontraron en las fuentes leídas: no se retoman.

    Los plazos

    FechaLo que cambiaFuente
    Aplicación de la directiva (UE) 2024/825 por los Estados (fecha pasada; transposición francesa no aprobada al 21 de octubre de 2026).fuente 9

    Las fuentes de esta sección

    1. Reglamento (CE) 1924/2006, declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, versión consolidada al 13 de diciembre de 2014, artículos 2, 10, 13 y 28 · en línea · primario
    2. Reglamento (UE) 432/2012, lista de declaraciones de propiedades saludables autorizadas, versión consolidada al 20 de agosto de 2025, considerandos y anexo · en línea · primario
    3. Comisión, registro de la Unión de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables (portal Food and Feed Information), consultado el 21 de octubre de 2026 · en línea · primario
    4. Reglamento (UE) 1169/2011 (INCO), versión consolidada al 1 de abril de 2025, artículo 7 · en línea · primario
    5. Reglamento (CE) 1334/2008, aromas, artículo 16 · en línea · primario
    6. Comunicación de la Comisión sobre la aplicación del artículo 26, apartado 3, del reglamento 1169/2011, DO C 32 de 31.1.2020, p. 1 · en línea · primario
    7. Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775 de 28 de mayo de 2018, artículos 1 a 3, aplicable desde el 1 de abril de 2020 · en línea · primario
    8. Directiva 2005/29/CE, prácticas comerciales desleales, versión consolidada al 27 de septiembre de 2026, artículo 2, artículo 6, apartado 2, anexo I, puntos 2 bis y 4 bis a 4 quater · en línea · primario
    9. Directiva (UE) 2024/825 de 28 de febrero de 2024, artículo 4 (transposición al 27 de marzo de 2026, aplicación al 27 de septiembre de 2026) · en línea · primario
    10. Ley n.º 2021-1104 de 22 de agosto de 2021, artículo 12 (código del medio ambiente, L. 229-68 y L. 229-69) · en línea · primario · lectura: resumen
    11. Decreto n.º 2022-539 de 13 de abril de 2022 relativo a la compensación de carbono y a las declaraciones de neutralidad de carbono en la publicidad (D. 229-106 a D. 229-109) · en línea · primario · lectura: resumen
    12. Consejo de Estado, 31 de mayo de 2024, n.º 464945 (L. 541-9-1 del código del medio ambiente, decreto n.º 2022-748), captura Wayback del 28 de junio de 2025 · en línea · primario
    13. Proyecto de ley por el que se adoptan diversas disposiciones de adaptación al derecho de la Unión, texto n.º 63 (2025-2026) aprobado por el Senado el 18 de febrero de 2026, artículos 20 y 21; expedientes legislativos del Senado y de la Asamblea Nacional · en línea · primario
    14. Código del artesanado, artículos L. 241-1 y L. 241-2 (ordenanza n.º 2023-208 de 28 de marzo de 2023), compilación codes.droit.org, edición del 22 de septiembre de 2026 · en línea · primario
    15. Tribunal de Justicia, 14 de julio de 1994, Faccini Dori, C-91/92, apartado 20 · en línea · primario
    16. Jurado de Deontología Publicitaria, dictamen n.º 758/21, publicado el 16 de septiembre de 2021, y decisión del Revisor · en línea · primario
    17. Jurado de Deontología Publicitaria, dictamen n.º 1089/25, Relay, adoptado el 14 de noviembre de 2025, publicado el 8 de diciembre de 2025 · en línea · primario
    18. DGCCRF, «Authenticité et qualité du café», 24 de abril de 2018, captura Wayback del 28 de julio de 2021 · en línea · primario
    19. Jurado de Deontología Publicitaria, dictamen n.º 1136/26, adoptado el 19 de junio de 2026, publicado el 20 de julio de 2026 · en línea · primario
    © 2026 Marco De Sousa Rosa · PXL RoastersTextos bajo CC BY-NC-SA 4.0 · herramientas con todos los derechos reservados · imágenes: ver la procedenciaInicio · Colofón · Mapa del sitio