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  • Historia
  • Lámina XXII · sección 10 de 12

    Indicaciones geográficas y marcas: quién posee el nombre de un origen, y quién lo controla

    EL PROCESO EN MOVIMIENTO

    ¿Quién controla un saco de Café de Colombia, de la finca a la bolsa de café tostado en Francia?

    Reproducir la escena o elegir una etapa. La animación simplifica el mecanismo; lo que sigue aporta los detalles y las referencias disponibles.

    La finca

    Una parcela andina, inscrita con sus lotes en el Sistema de Información Cafetera, entrega su lote en pergamino con su remisión de acompañamiento. El pliego de condiciones del Café de Colombia pide arábica solo, cosechado cereza por cereza, entre 400 y 2 500 metros, procesado como café lavado, y un verde de 10 a 12 % de humedad. La Federación Nacional de Cafeteros sigue cada lote.

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    1. La fincaUna parcela andina, inscrita con sus lotes en el Sistema de Información Cafetera, entrega su lote en pergamino con su remisión de acompañamiento. El pliego de condiciones del Café de Colombia pide arábica solo, cosechado cereza por cereza, entre 400 y 2 500 metros, procesado como café lavado, y un verde de 10 a 12 % de humedad. La Federación Nacional de Cafeteros sigue cada lote.
    2. El puertoEn el muelle del exportador, Almacafé, la entidad a la que la Federación encarga los controles, verifica una última vez la calidad del lote según los criterios del Café de Colombia. Es el último control colombiano antes del barco; el registro de la Unión inscribe, de hecho, a Almacafé.
    3. La certificaciónEn Francia, el tostador envía muestras a Cafecert, en Bogotá, el organismo acreditado que certifica el Café de Colombia, y firma la licencia de la Federación para el logotipo. Cafecert analiza las muestras, emite un certificado referencia por referencia, y luego vigila el stock y el mercado. Sin certificado, ni el nombre ni el logotipo IGP.
    4. El tallerEl saco certificado se guarda aparte, el registro anota las entradas y las salidas, y el tueste se notifica a la autoridad: el artículo 39, apartado 5, somete a verificación al taller europeo que realiza una etapa del pliego de condiciones. Las reglas de la Federación añaden visitas sin aviso y declaración de las cantidades cada tres meses.
    5. La bolsaLa bolsa lleva «Café de Colombia», la mención de la indicación geográfica protegida y el nombre del tostador, el operador de la transformación, en el mismo campo visual que el nombre. Solo un café que contiene exclusivamente ese origen lleva el nombre: una mezcla lo pierde.
    6. El estanteUn inspector de la represión de fraudes lee las etiquetas y toma una bolsa. En otro lugar, se detecta un «café de Colombia» sin certificado: la traducción es el nombre protegido, y la usurpación, la imitación o la evocación están prohibidas, incluso con el verdadero origen escrito.

    Para retener: Para escribir «Café de Colombia» en su tueste, hay que hacer certificar cada referencia por Cafecert y firmar la licencia de la Federación para el logotipo; la traducción está protegida como el original.

    En la historia: En la historia: el 18 de septiembre de 2015, el Tribunal General anuló dos marcas «Colombiano» que evocaban el nombre protegido.

    Leer el artículo completo y sus fuentes ↓

    Estado del derecho al 21 de octubre de 2026. 3 plazos vencen después de esa fecha; están agrupados al final de la sección.

    Imprimir «Café de Colombia» y el logotipo IGP, el de la indicación geográfica protegida, en una bolsa de café tostado en Francia no depende de una simple elección de etiqueta: el nombre pertenece a un pliego de condiciones, y el tostador debe, en la práctica, hacer certificar su café por el organismo colombiano Cafecert antes de escribirlo. Los demás orígenes célebres siguen otras vías, una marca para Jamaica y Etiopía, una ley estatal para Hawái, un acuerdo comercial para América Central y Vietnam, y cada una dice quién autoriza y quién controla.

    Una indicación geográfica, y por qué el café tiene tan pocas

    Una indicación geográfica (IG) es un nombre de lugar que la Unión inscribe en un registro público, unido a un pliego de condiciones, es decir el documento que dice lo que el producto debe ser, de dónde viene y cómo se prueba. El nombre no pertenece a nadie: puede utilizarlo «cualquier operador que comercialice un producto conforme con el pliego de condiciones» (artículo 36 del Reglamento (UE) 2024/1143). La denominación de origen protegida (DOP) exige que todas las etapas de producción tengan lugar en el área delimitada; la indicación geográfica protegida (IGP) se contenta con una etapa (artículo 46) (fuente 1). Para un café, una DOP impone en principio tostar en el lugar, una IGP permite tostar en otra parte si el pliego lo dice. El reglamento se aplica desde el 13 de mayo de 2024; la notificación de los operadores y la constancia de conformidad, desde el 1 de enero de 2025 (artículo 97). La vía privada es la marca, registrada ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), antes Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI): su titular concede o niega una licencia.

    El café cuenta con muy pocas IG. Los expedientes leídos sugieren tres razones, que son una lectura de esta sección. Una IG sigue cada lote hasta la parcela, pero el café viaja verde y se tuesta lejos: la huella se detiene en el puerto si el tostador no entra en el dispositivo. Varios pliegos conservan el tueste o el envasado en el país, de modo que su nombre solo llega a Europa en un paquete importado. Por último, Etiopía y Jamaica prefirieron la marca, que se controla por contrato.

    El registro al 21 de octubre de 2026: nueve cafés inscritos, dos más publicados ese día

    El registro de la Unión, eAmbrosia, leído el 21 de octubre de 2026 ficha por ficha, cuenta nueve IG de café (partida 0901 de la nomenclatura aduanera) (fuente 5). Ese mismo día, el Diario Oficial (DO) publicó dos reglamentos de ejecución del 14 de octubre que inscriben dos cafés de la isla indonesia de Flores, en vigor el 10 de noviembre de 2026, fecha calculada por esta sección (fuente 11). El plan de esta lámina anunciaba tres: se le habían escapado los nombres tailandeses, indonesios y chinos.

    DenominaciónPaísTipoActoControl inscrito en el registroTueste fuera del área
    Café de ColombiaColombiaIGP (indicación geográfica protegida)Reglamento (CE) 1050/2007Almacafépermitido
    Kafae Doi TungTailandiaIGP (indicación geográfica protegida)2015/1134, modificado en 2025fundación Mae Fah Luangno
    Kafae Doi ChaangTailandiaIGP (indicación geográfica protegida)2015/1135fundación Mae Fah Luangno
    Café de ValdesiaRepública DominicanaDOP2016/1043Consejo Dominicano del Café (CODOCAFE)no
    Kopi Arabika GayoIndonesiaIGP (indicación geográfica protegida)2017/870oficina indonesia de propiedad intelectualno
    Baoshan Xiao Li Ka Fei; Xinglong Ka Fei; Pu'er Ka FeiChinaIGP (indicación geográfica protegida)acuerdo Unión-China, inscritas el 1 de marzo de 2021oficina de calidad de Baoshan; otras no leídaspliego no publicado
    Café AntiguaGuatemalaIGP (indicación geográfica protegida)2026/2301, en vigor el 4 de noviembre de 2026Asociación Nacional del Café (ANACAFÉ)«si es necesario»
    Flores Bajawa; Kopi Arabika Flores ManggaraiIndonesiaIGP (indicación geográfica protegida)2026/2336 y 2026/2339no indicadono exigido en el área
    Café de AgaeteEspañaIGP (indicación geográfica protegida)solicitud del 17 de agosto de 2026no indicadono leído

    Lo que impone el pliego del Café de Colombia, del cafeto a la bolsa

    El Café de Colombia es la IG de café más antigua de la Unión, registrada sin oposición por el Reglamento (CE) 1050/2007 del 12 de septiembre de 2007 a petición de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (FNC) (fuente 3). Su pliego completo no está publicado; la ficha resumida del DO C 320 del 28 de diciembre de 2006 remite al texto que conserva la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (SIC) o la Comisión (fuente 4).

    El verde. Solo arábica, en Caturra, Típica, Bourbon, Castillo y algunas otras; un área entre 1° y 11° 15' de latitud norte, de 400 a 2 500 metros, que «no comprende la totalidad del territorio»; recolección selectiva, cereza por cereza; vía húmeda (despulpado, fermentación, lavado, secado); humedad del verde de 10 a 12 %, y normas de exportación del Comité Nacional de Cafeteros (fuente 4).

    La trazabilidad. Todas las plantaciones y sus lotes están inscritos en el Sistema de Información Cafetero (SICA). El café viaja con una «guía de tránsito», documento de acompañamiento creado por el decreto colombiano 2685 de 1999, a través de trilladoras registradas, hasta un exportador inscrito. En el puerto, Almacafé, la entidad a la que la FNC encarga los controles, verifica una última vez la calidad (fuente 4).

    El tueste y el paquete. El tueste «no se efectúa necesariamente en el área geográfica». Fuera de Colombia, la trazabilidad se asegura «mediante los acuerdos de buenas prácticas firmados con los tostadores extranjeros» y mediante pruebas de calidad confiadas a empresas de control y a catadores. Solo un café «que contenga exclusivamente Café de Colombia» lleva el nombre, etiquetado «I.G.P. CAFÉ DE COLOMBIA». La ficha no fija ninguna regla de envasado (fuente 4). Una mezcla con un café de otra parte pierde, pues, el nombre; el artículo 27 prohíbe también poner la IG en la denominación de un producto que contenga «otro producto comparable», y exige en otro lugar que se indique el porcentaje del ingrediente (fuente 1). Todo el control del tostador extranjero está en esos acuerdos y esas pruebas, que organiza la FNC.

    El recorrido de un tostador: la FNC, la licencia y Cafecert

    El organismo que se oye nombrar «Cafe Cert» existe: es la Fundación para la Certificación del Café de Colombia, Cafecert, instalada en Bogotá en la dirección de la FNC. Está acreditada según la norma ISO/IEC 17065 de la Organización Internacional de Normalización (ISO), la de los organismos que certifican productos, por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC), certificado 10-CPR-001, para el café verde y el tostado en grano y molido, en virtud de la denominación de origen colombiana y de la IGP de la Unión. Su esquema es de tipo «1a más vigilancia» (norma ISO/IEC 17067): ensayo de muestras, luego tomas en el mercado o en el stock del operador. El certificado lleva las fechas del 7 de octubre de 2010 y del 28 de abril de 2029, leídas aquí como la primera acreditación y el vencimiento (fuente 14). Sin embargo, el registro de la Unión inscribe a Almacafé (fuente 5): ningún documento leído explica este reparto.

    La FNC describe el camino en su sitio, leído en su captura del 10 de diciembre de 2024 (fuente 15). El logotipo Café de Colombia es una marca de la FNC, licenciada por contrato, para un café 100 % colombiano. Solo firman los tostadores que trabajan ellos mismos el café; el propietario de una marca pasa por su tostador, que paga cada año una suma por marca y por territorio. Y, según la página traducida por esta sección, para vender en la Unión un producto que lleve el logotipo, el tostador «debe obtener primero la autorización para usar la indicación geográfica protegida» haciendo certificar su producto por Cafecert. Siguen un cuestionario, los documentos de la empresa, un «formulario IGP Unión Europea» enviado a la FNC, el expediente de Cafecert, luego el acuerdo del comité de marcas y la firma del contrato. Un folleto de la FNC lo dice en una frase: la certificación «de la DO, de la DOR y/o de la IGP» la conduce Cafecert, siendo la DO la denominación de origen colombiana y la DOR sus versiones regionales (fuente 15).

    La IGP y el logotipo son dos cosas. El nombre es público: el artículo 36 no deja a nadie el poder de negarlo a un café conforme. El logotipo es una marca, que la FNC concede o no. Pero para un producto de un tercer país, la conformidad se verifica antes de la comercialización por la autoridad del país o por un organismo de certificación (artículo 39, apartado 4) (fuente 1): Cafecert es, por tanto, en la práctica, la puerta del nombre como del logotipo, lectura de esta sección. Un tostador italiano describió este recorrido en junio de 2024: muestras analizadas en laboratorio, informe, certificado, licencia (fuente 17).

    Quién controla a un tostador establecido en Francia o en Italia

    El reglamento llama «controles» a la verificación del pliego y a la del uso del nombre en el mercado, en línea incluido (artículo 38), bajo las reglas del Reglamento (UE) 2017/625 sobre los controles oficiales. El organismo que verifica un nombre de tercer país está acreditado según la norma ISO/IEC 17065 o 17020 (artículo 41), y la Comisión publica su nombre (artículo 40) (fuente 1).

    El punto decisivo es el artículo 39, apartado 5: cuando una actividad del pliego tiene lugar fuera del país de origen, el pliego fija la manera de verificar a esos operadores, y si tiene lugar en la Unión, ellos «la notifican a las autoridades competentes del Estado miembro donde tiene lugar la operación y se someten a una verificación». Un taller de Lyon o de Trieste que tuesta Café de Colombia bajo IGP está en ese caso. Los actos de ejecución que deben fijar las modalidades (apartado 8) no aparecen entre los actos cuyo título cita el reglamento, consultados al 21 de octubre de 2026 en el Cellar de la Oficina de Publicaciones; los costos pueden correr a cargo de los operadores (apartado 7) (fuente 1).

    En Francia, el Instituto Nacional del Origen y la Calidad (INAO) autoriza los organismos de control de los signos oficiales de calidad y de origen. Su lista del 2 de julio de 2025 nombra en particular Bureau Veritas Certification France, Certipaq, Certis, Qualisud y Ecocert France; ninguna línea nombra el café, que el expediente colombiano clasifica en la clase 1.8, «otros productos del anexo I del tratado» (fuentes 19 y 4). Estas autorizaciones sirven a los pliegos franceses: ningún documento leído designa a un organismo francés para el Café de Colombia. Las preguntas frecuentes del INAO y de la Dirección General de Competencia, Consumo y Represión del Fraude (DGCCRF), leídas el 21 de octubre de 2026, no dicen a quién notificar un tueste de IG extranjera (fuente 18). La autoridad italiana que recibiría esta notificación no se encontró.

    El control del mercado corresponde en Francia a la DGCCRF (artículo 42: frecuencia basada en el análisis de riesgos, medidas contra los usos contrarios a los artículos 26 y 27) (fuente 1). Su encuesta de 2022 sobre los productos de alta gama, publicada el 2 de julio de 2025, encontró 38 % de infracciones en 125 vendedores de cafés, tés, aceitunas, vinagres y regaliz, y «numerosas usurpaciones de la IGP “Café de Colombie”» (fuente 20).

    La auditoría, punto por punto

    Un certificado público muestra lo que Cafecert verifica. El certificado IGP-COL-0125-004 cubre el café tostado en grano y molido de una línea de la marca Delta Cafés, fabricada por la sociedad portuguesa Novadelta en su fábrica de Campo Maior. Cafecert probó muestras proporcionadas por el cliente, luego «realiza periódicamente» una vigilancia sobre muestras tomadas de su stock, en el mercado, o ambos; el certificado vale mientras los cafés sigan siendo conformes, y se verifica ante Cafecert (fuente 13). El control se refiere al producto, referencia por referencia y fábrica por fábrica.

    Las reglas de uso de la FNC para su denominación de origen, leídas en su captura del 22 de junio de 2024, dan el resto de la mecánica; se refieren a la DO y no a la Unión, y dicen la manera de hacer de la FNC, no el derecho francés (fuente 16). El tostador inscribe sus marcas, exige a sus proveedores las pruebas de compra de un café tratado por operadores autorizados, almacena aparte el café protegido, declara a solicitud sus cantidades cada tres meses y se somete a las auditorías. Los controles combinan visitas inopinadas, muestras tomadas en el mercado o enviadas por el usuario, y examen de los documentos de compra y de venta. Son faltas graves la ausencia de registros, la negativa a abrir el taller, más de tres análisis no satisfactorios en un año. La sanción es la reducción o la anulación del certificado, y la solicitud de anulación de la autorización ante la SIC.

    En el paquete vendido en la Unión, el nombre del operador responsable de la transformación sustancial, aquí el tostador, figura en el mismo campo visual que la IG; los productos etiquetados antes del 14 de mayo de 2026 se agotan (artículo 37, apartado 5, retocado para las bebidas espirituosas por el Reglamento (UE) 2026/471) (fuentes 1 y 2). El INAO precisa que este operador debe «ejercer una actividad cubierta por el pliego de condiciones y estar habilitado a este título», que una marca de distribuidor no basta salvo si retoma la razón social, que un código QR no reemplaza la mención, y que la venta a granel la exhibe cerca del producto (fuente 18). El símbolo de la Unión sigue siendo facultativo para una IG de tercer país (artículo 37, apartado 10). El operador verificado recibe una constancia que presenta a las autoridades y a la aduana, y que pierde si es dado de baja (artículo 45) (fuente 1).

    Los demás pliegos: quién controla, y qué puede hacer con ellos un taller europeo

    Café Antigua. Control inscrito a nombre de ANACAFÉ (fuente 5). El pliego exige puntajes mínimos según el protocolo de la Specialty Coffee Association (SCA), la asociación internacional del café de especialidad; el tueste y la molienda «pueden, si es necesario, efectuarse fuera del área», y los logotipos se emplean «siempre que figure el nombre de la plantación» (fuente 10). Un tostador europeo puede utilizarlo; la manera en que ANACAFÉ lo verificará no está publicada en ninguna parte.

    Café de Valdesia. «Todas las fases de producción» tienen lugar en el área, a partir de un verde certificado procedente de fincas registradas (fuente 8): se puede vender el verde, no el propio tueste bajo este nombre.

    Doi Tung y Doi Chaang. La fundación Mae Fah Luang controla ambos. Para Doi Tung, quien transforma, acondiciona o distribuye bajo el nombre se inscribe en su oficina de registro con un manual de procedimiento; ella inspecciona «en cualquier momento, sin aviso previo»; el tueste tiene lugar en la región del proyecto y el acondicionamiento está supervisado por la fundación, lo que una modificación del 13 de agosto de 2025 no cambió (fuente 6). Para Doi Chaang, el tueste forma parte de las etapas en el área (fuente 7).

    Gayo y Flores. Para el Kopi Arabika Gayo, controlado por la oficina indonesia de propiedad intelectual, «el empaquetado de los granos de café debe hacerse en el área», y la etiqueta lleva un logotipo «registrado como marca de la Unión Europea» (fuentes 5 y 9). Los dos cafés de Flores solo exigen en el área la cosecha y la vía húmeda; Flores Bajawa solo se vende al 100 %, nunca en mezcla, con su logotipo y su número de lote (fuente 11). Los cafés chinos solo aparecieron en el DO por su nombre y su traducción, «Café arábica Baoshan», «Café Xinglong», «Café Pu'er» (fuente 12): sus pliegos no se leyeron, ni se buscó su uso en Europa.

    Los nombres protegidos por un acuerdo comercial, sin registro

    Otros cafés están protegidos por un tratado, sin pliego publicado. El acuerdo con América Central, firmado en Tegucigalpa el 29 de junio de 2012, protege en su anexo XVII el Café Apaneca-Ilamapetec (El Salvador), el Café Antigua, el Café Marcala y los Cafés del Occidente Hondureño (Honduras) y el Café de Nicaragua; una declaración anuncia allí otros nombres entonces en curso de registro, entre ellos Tarrazú y Tres Ríos en Costa Rica (fuente 24). El acuerdo con Vietnam, firmado en Hanói el 30 de junio de 2019, inscribe Buôn Ma Thuột, «granos de café», y cada parte prevé «medios jurídicos» contra el uso del nombre en un café de otra procedencia (artículos 12.25 y 12.27) (fuente 25). El acuerdo con Colombia y Perú no protege ningún café (fuente 26). Para estos nombres, el Reglamento 2024/1143 no organiza ninguna verificación del operador: la defensa pasa por los tribunales y las autoridades del mercado, lectura de esta sección. La base GIview de la EUIPO, que sigue estas protecciones, no se consultó.

    Blue Mountain, Etiopía, Kona: la marca y la ley local

    Jamaica Blue Mountain. En la Unión, es la marca figurativa individual n.º 002093060, registrada el 28 de julio de 2004 a nombre de Coffee Marks Ltd., en Kingston, válida hasta el 12 de febrero de 2031 (fuente 28). La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) explicaba en 2010 que la oficina jamaiquina del café poseía sus marcas mediante esa filial y que un certificado de autenticidad acompañaba cada lote (fuente 29). La oficina pasó a ser la Autoridad Jamaiquina de Regulación de Productos Agrícolas (JACRA), creada por una ley de 2017, que se dice única propietaria de la marca, registrada en 58 países además de Jamaica, e impone su licencia a quien importe, comercie o utilice «las palabras o los símbolos de las marcas» (fuente 30). La autorización es una licencia, el control el del contrato; no se leyó ninguna licencia, y no existe ninguna IG Blue Mountain.

    Harrar, Sidamo, Yirgacheffe. El gobierno etíope posee en la Unión tres marcas denominativas presentadas el 18 de marzo de 2005 (fuente 27). La OMPI informaba en 2007 que la oficina etíope de propiedad intelectual ofrecía a sociedades extranjeras licencias sin regalías, a cambio de la promoción de esos cafés, y que una gran cadena de cafeterías estadounidense había firmado una (fuente 31). No hay ni pliego ni control de lote: la licencia, no leída, es la única palanca.

    Kona. La sección 486-120.6 de los estatutos revisados de Hawái, leída en su captura del 25 de abril de 2025, reserva «100 %» al café de un solo origen; una mezcla muestra el porcentaje, el origen y «Coffee Blend». El nombre no puede figurar en un café que contenga menos del 10 % hasta el 30 de junio de 2027, y luego menos del 51 %, y los operadores conservan dos años sus registros de origen (fuente 32). El caso Corker contra Costco, demanda colectiva de 2019, concluyó con acuerdos que imponen indicar la parte de verdadero Kona (fuente 33). En Francia, no se encontró ni IG ni marca Kona: el nombre depende de la prohibición de engañar sobre el origen (artículo 7 del Reglamento (UE) 1169/2011) (fuente 34).

    Lo que arriesga un tostador que escribe el nombre sin pasar por el control

    El artículo 26 protege una IG inscrita contra toda utilización comercial para un producto comparable, y contra «toda usurpación, imitación o evocación, incluso si se indica el verdadero origen de los productos o servicios o si la denominación protegida está traducida» o acompañada de «género», «tipo», «estilo», «sabor» (fuente 1). «Café de Colombie» es la traducción del nombre protegido, y la DGCCRF escribe ella misma «IGP “Café de Colombie”» (fuente 20). La protección cubre los nombres de dominio y la venta a distancia (artículo 26); un anuncio en línea que la infringe es un «contenido ilícito» que cualquiera puede señalar al proveedor de alojamiento (artículo 43); una marca registrada después de la solicitud de IG y que la evoca se rechaza o se anula (artículo 31) (fuente 1).

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) precisó la evocación: existe cuando el consumidor europeo medio tiene «directamente en mente, como imagen de referencia», el producto protegido, y la mención del verdadero origen no cambia nada (7 de junio de 2018, Scotch Whisky Association, C-44/17) (fuente 22). Signos figurativos pueden bastar, incluso empleados por un productor de la región cuyo producto no está cubierto (2 de mayo de 2019, Queso Manchego, C-614/17) (fuente 23). Trasladado, lectura de esta sección: un café verdaderamente colombiano pero no certificado, vendido bajo «Colombia» en caracteres grandes frente a montañas andinas, arriesga la evocación. Una mención de origen exacta, «origen: Colombia», es información leal (artículo 7 del Reglamento 1169/2011) (fuente 34), y el artículo 37, apartado 1, admite el uso informativo; ningún texto leído traza la frontera. La FNC propone para su DO un modelo de prudencia para las mezclas: el origen al dorso, todos los orígenes con los mismos caracteres, ningún logotipo (fuente 16).

    El Tribunal de la Unión dio la razón dos veces a la FNC el 18 de septiembre de 2015, anulando las decisiones de la OAMI que habían admitido las marcas figurativas «COLOMBIANO HOUSE» y «COLOMBIANO COFFEE HOUSE», con fundamento en los artículos 13 y 14 del Reglamento 510/2006, antecesores del artículo 26 (fuente 21). Para una marca, Blue Mountain o Sidamo tomados como nombre de producto sin licencia expone a la acción del titular; el Reglamento (UE) 2017/1001 no se releyó. En Francia, las consecuencias comprobadas por la DGCCRF van de la advertencia al acta penal (fuente 20); las penas del Código de Consumo no se releyeron, pues Légifrance rechaza las consultas automáticas.

    El cuadro de los signos: quién posee, quién autoriza, quién controla

    SignoQuién posee el nombreQuién autoriza el usoQuién controla al operador en EuropaTexto
    Café de Colombia (IGP)nadie: nombre público, solicitado por la FNCel pliego; en la práctica, certificado Cafecert, y licencia FNC para el logotipoCafecert sobre muestras; DGCCRF en el mercado; notificación del artículo 39, apartado 5, sin destinatario publicadoReglamento 1050/2007; Reglamento 2024/1143, artículos 36, 39, 42
    Café Antigua (IGP)nombre público, solicitado por los productores Genuino Antiguael pliego; logotipos con el nombre de la plantaciónANACAFÉ; modalidades no publicadasReglamento de Ejecución 2026/2301
    Valdesia, Doi Tung, Doi Chaang, Gayonombres públicostueste o empaquetado en el país: ningún tueste europeo bajo el nombreel organismo del país, véase el registro2016/1043, 2015/1134, 2015/1135, 2017/870
    Flores Bajawa, Flores Manggarai (IGP)nombres públicosel pliego; 100 %, logotipos, número de loteno indicado2026/2336 y 2026/2339
    Marcala, Apaneca-Ilamapetec, Café de Nicaragua, Buôn Ma Thuộtnombres protegidos por tratadoningún procedimiento publicado en la Unióntribunales y DGCCRFacuerdos de 2012 y de 2019
    Jamaica Blue Mountain (marca)Coffee Marks Ltd, filial de la JACRAlicencia de la JACRAJACRA, mediante certificado y licencia; acción del titularmarca de la Unión 002093060; ley jamaiquina de 2017
    Harrar, Sidamo, Yirgacheffe (marcas)gobierno etíopelicencia sin regalíasningún control de lote conocido; acción del titularmarcas de la Unión 004348736, 004348744, 004348751
    Konanadie en Europala ley de Hawái, en su territorioDGCCRF, en virtud de la lealtadestatutos de Hawái, § 486-120.6; Reglamento 1169/2011, artículo 7

    Casos públicos

    Notificaciones, decisiones e investigaciones públicas, cada una fechada y con su fuente. Ninguna procede de un caso vivido.

    · DGCCRF, encuesta de 2022 sobre los productos alimentarios de alta gama (fuente 20)

    De 125 establecimientos que vendían cafés, tés, aceitunas, vinagres y regaliz, 38 % estaban en infracción, sobre todo por el etiquetado; la encuesta señala «numerosas usurpaciones de la IGP “Café de Colombie”», sin nombrar a los vendedores. Consecuencias: 3 actas penales, 2 actas administrativas, 14 requerimientos, 27 advertencias.

    Lo que muestra el caso El nombre traducido es el nombre protegido, y la autoridad francesa lo controla en el mercado.

    · Cafecert, certificado de conformidad IGP-COL-0125-004 (fuente 13)

    Certificado expedido el 5 de enero de 2022 y modificado el 17 de mayo de 2023 para el café tostado en grano y molido de una línea de la marca Delta Cafés, producida en Campo Maior, Portugal. Se basa en el ensayo de muestras proporcionadas por el cliente, y luego en tomas periódicas en su stock o en el mercado, y vale mientras los cafés sigan siendo conformes.

    Lo que muestra el caso El control de un tostador europeo por el organismo colombiano se refiere al producto, referencia por referencia.

    · Tribunal de la Unión, asuntos T-387/13 y T-359/14 (fuente 21)

    La sala de recurso de la OAMI había rechazado la oposición de la FNC a la marca figurativa «COLOMBIANO HOUSE» (17 de mayo de 2013) y su solicitud de nulidad contra «COLOMBIANO COFFEE HOUSE» (27 de marzo de 2014). El Tribunal anula ambas decisiones, con fundamento en los artículos 13 y 14 del Reglamento 510/2006. Solo se leyeron los fallos, publicados en el DO C.

    Lo que muestra el caso Una marca que evoca una IG anterior cae, incluso sin retomar el nombre exacto.

    · EUIPO, marcas n.º 004050472 y 004348751 (fuente 27)

    La marca «SHIRKINA SUN-DRIED SIDAMO», presentada en 2004 por una cadena de cafeterías estadounidense y registrada en 2006, lleva en el registro la mención de un abandono, publicada el 9 de abril de 2007. La marca «SIDAMO» del gobierno etíope, presentada el 18 de marzo de 2005, se registra en 2008.

    Lo que muestra el caso Un país sin IG recupera su nombre mediante la marca, con la condición de presentarla antes que los demás y de defenderla.

    Para recordar

    • Para escribir «Café de Colombia» o poner el logotipo IGP en su tueste, hay que hacer certificar cada referencia por Cafecert, que prueba muestras y luego vigila el stock y el mercado, y firmar la licencia de la FNC para el logotipo.
    • «Café de Colombie», la traducción, está protegido como el original; la evocación por la imagen o por «estilo», «tipo», «sabor» está prohibida, incluso con el verdadero origen escrito.
    • Valdesia, Doi Tung, Doi Chaang y Gayo se tuestan o se envasan en su país: un taller europeo puede vender su verde, pero no su tueste bajo su nombre; Antigua y los dos cafés de Flores pueden tostarse en otro lugar.
    • Un tostador que realiza una etapa de un pliego de condiciones en la Unión debe notificarla a la autoridad de su Estado (artículo 39, apartado 5), y su nombre figura en el mismo campo visual que la IG.
    • Blue Mountain, Harrar, Sidamo y Yirgacheffe son marcas: el permiso es una licencia de la JACRA o de Etiopía, y Kona solo está protegido por la ley de Hawái y la prohibición general de engañar.

    Zonas de sombra

    Lo que el derecho no resuelve, o lo que no pudo leerse.

    • ¿A quién notifica un tostador establecido en Francia un tueste de Café de Colombia con arreglo al artículo 39, apartado 5? Ni las preguntas frecuentes del INAO y de la DGCCRF, ni la lista de organismos autorizados, ni Cellar (ningún acto de ejecución sobre este punto al 21 de octubre de 2026) lo dicen. La misma pregunta en Italia, sin resolver.
    • El pliego de condiciones completo del Café de Colombia y las reglas del servicio IGP de Cafecert (OPRE-D-025) no se leyeron: el primero lo conservan la SIC y la Comisión, las segundas no están en línea. El registro de la Unión inscribe a Almacafé, los certificados los firma Cafecert: el reparto no se explica.
    • Los pliegos de condiciones de los tres cafés chinos, las reglas de ANACAFÉ para un tostador extranjero y las licencias jamaiquinas y etíopes no se leyeron; la base GIview de la EUIPO no se consultó para los nombres protegidos por acuerdo.
    • ¿Puede un café colombiano no certificado llamarse «café de Colombia»? El artículo 26 protege la traducción, la sentencia Queso Manchego de 2019 extiende la evocación a las imágenes, el artículo 37, apartado 1, admite el uso informativo: ningún texto leído traza la frontera.
    • Las marcas etíopes y la jamaiquina fueron leídas en el registro de la EUIPO por el redactor de la primera versión de esta sección el 21 de octubre de 2026 y no se volvieron a abrir; los motivos de las sentencias del 18 de septiembre de 2015 y las penas del código de consumo no se leyeron.

    Los plazos

    FechaLo que cambiaFuente
    Entrada en vigor del reglamento de ejecución (UE) 2026/2301 que inscribe el Café Antigua (IGP), veinte días después de su publicación del 15 de octubre de 2026 (cálculo de esta sección).fuente 10
    Entrada en vigor de los reglamentos de ejecución (UE) 2026/2336 y 2026/2339 que inscriben Flores Bajawa y Kopi Arabika Flores Manggarai (IGP), publicados el 21 de octubre de 2026 (cálculo de esta sección).fuente 11
    Hawái: un nombre de origen como Kona ya no puede figurar en un café que contenga menos del 51 % de su peso de ese origen, frente al 10 % hasta el 30 de junio de 2027.fuente 32

    Las fuentes de esta sección

    1. Reglamento (UE) 2024/1143 de 11 de abril de 2024, indicaciones geográficas, artículos 26, 27, 31, 36 a 43, 45, 46 y 97 · en línea · primario
    2. Reglamento (UE) 2026/471 de 24 de febrero de 2026, artículo 4, que modifica el artículo 37, apartado 5, del reglamento 2024/1143 · en línea · primario
    3. Reglamento (CE) n.º 1050/2007 de la Comisión de 12 de septiembre de 2007, Café de Colombia (IGP), DO L 240 de 13.9.2007, p. 7 · en línea · primario
    4. Café de Colombia, ficha resumida de la solicitud CO/PGI/0467, DO C 320 de 28.12.2006, p. 17 · en línea · primario
    5. eAmbrosia, registro de la Unión de indicaciones geográficas, fichas PGI-CO-0467, PGI-TH-0814, PGI-TH-0815, PDO-DO-1197, PGI-ID-2115, PGI-CN-2664, PGI-GT-03275, PGI-ID-02929, PGI-ID-02930, PGI-ES-03531, interfaz pública, consultadas el 21 de octubre de 2026 · en línea · primario
    6. Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1134 de 9 de julio de 2015, Kafae Doi Tung (IGP); solicitud en DO C 48 de 20.2.2014, p. 14; modificación estándar C/2025/4542 de 13.8.2025 · en línea · primario
    7. Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1135 de 9 de julio de 2015, Kafae Doi Chaang (IGP); solicitud en DO C 49 de 21.2.2014 · en línea · primario
    8. Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1043 de 15 de junio de 2016, Café de Valdesia (DOP); documento único en DO C 91 de 8.3.2016 · en línea · primario
    9. Reglamento de Ejecución (UE) 2017/870 de 15 de mayo de 2017, Kopi Arabika Gayo (IGP); documento único en DO C 403 de 1.11.2016, p. 5 · en línea · primario
    10. Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2301 de 8 de octubre de 2026, Café Antigua (IGP), DO L de 15.10.2026, y documento único C/2026/3343 de 22.6.2026 · en línea · primario
    11. Reglamentos de Ejecución (UE) 2026/2336 y 2026/2339 de 14 de octubre de 2026, Flores Bajawa y Kopi Arabika Flores Manggarai (IGP), DO L de 21.10.2026; documentos únicos C/2026/3210 de 12.6.2026 y C/2026/3212 de 16.6.2026 · en línea · primario
    12. Comunicación, consulta pública, indicaciones geográficas de la República Popular China, DO C 177 de 3.6.2017, p. 4 · en línea · primario
    13. Cafecert, certificado de conformidad de producto IGP-COL-0125-004, emitido el 5 de enero de 2022, modificado el 17 de mayo de 2023, publicado por el grupo del titular · en línea · primario
    14. ONAC, certificado de acreditación 10-CPR-001, Fundación para la Certificación del Café de Colombia (Cafecert), ISO/IEC 17065:2012, alcance aprobado · en línea · primario
    15. FNC, «Enrolling in the program», cafedecolombia.com, captura Wayback del 10 de diciembre de 2024; folleto «Cómo obtener la licencia de uso del logo de Café de Colombia», captura del 6 de julio de 2024 · en línea · primario
    16. FNC, Reglamento de uso de la Denominación de Origen Café de Colombia, artículos 4, 11, 15, 22 a 26, captura Wayback del 22 de junio de 2024 · en línea · primario
    17. Beverfood, artículo del 4 de junio de 2024 sobre la licencia IGP obtenida por un tostador italiano tras la evaluación de Cafecert · en línea · secundario · lectura: resumen
    18. INAO, preguntas frecuentes sobre la aplicación del reglamento (UE) 2024/1143, respuestas del 14 de mayo de 2025 al 11 de junio de 2026, consultadas el 21 de octubre de 2026 · en línea · primario
    19. INAO, lista de organismos de control autorizados, 2 de julio de 2025 · en línea · primario
    20. DGCCRF, «Huile d'olive, truffes, café : gare aux tromperies sur les produits alimentaires haut de gamme», escrito el 2 de julio de 2025 · en línea · primario
    21. Tribunal General, 18 de septiembre de 2015, T-387/13 y T-359/14 (ECLI:EU:T:2015:651), FNC contra OAMI; fallos en DO C 363 de 3.11.2015, p. 31, y DO C 371 de 9.11.2015, p. 24 (motivos no leídos) · en línea · primario
    22. TJUE, 7 de junio de 2018, Scotch Whisky Association, C-44/17, fallo · en línea · primario
    23. TJUE, 2 de mayo de 2019, Fundación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Queso Manchego, C-614/17, fallo · en línea · primario
    24. Acuerdo por el que se establece una Asociación entre la Unión Europea y Centroamérica, firmado el 29 de junio de 2012, anexo XVII, parte B, y declaración conjunta sobre las denominaciones en curso de registro · en línea · primario
    25. Acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Vietnam, firmado el 30 de junio de 2019, artículos 12.25 a 12.27 y anexo 12-A, parte B · en línea · primario
    26. Acuerdo comercial entre la Unión Europea y Colombia y el Perú, anexo XIII, apéndice 1 · en línea · primario
    27. EUIPO, eSearch plus, marcas n.º 004348736 HARRAR, 004348744 YIRGACHEFFE, 004348751 SIDAMO, 004050472, consultadas el 21 de octubre de 2026 por el redactor de la primera versión · en línea · primario
    28. EUIPO, eSearch plus, marca n.º 002093060 JAMAICA BLUE MOUNTAIN COFFEE, consultada el 21 de octubre de 2026 por el redactor de la primera versión · en línea · primario
    29. OMPI, IP Advantage, «In Search of a Perfect Cup», Jamaica Blue Mountain, actualización del 3 de septiembre de 2010 · en línea · secundario · lectura: resumen
    30. JACRA, texto publicado en el suplemento Intellectual Property Week 2021 del Gleaner (Jamaica), p. 10 · en línea · primario
    31. OMPI Magazine, Elizabeth March, «Making the Origin Count: Two Coffees», 24 de septiembre de 2007 · en línea · secundario · lectura: resumen
    32. Hawaii Revised Statutes, § 486-120.6, Hawaii-grown and Hawaii-processed coffee, modificado por L 2024, c 198, captura Wayback del 25 de abril de 2025 · en línea · primario
    33. Corker v. Costco Wholesale Corp., n.º 2:19-cv-00290 (W.D. Wash.), difundido por el despacho de los demandantes y West Hawaii Today (27 de septiembre de 2023) · en línea · secundario · lectura: resumen
    34. Reglamento (UE) 1169/2011, información alimentaria facilitada al consumidor, artículo 7 · en línea · primario
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